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05
Feb
Domingo (05/02/2012)
Hora: 7:00 am - 5:00 pm
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06
Feb
Lunes (06/02/2012)
Hora: 7:00 am - 5:00 pm
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Feb
Lunes (06/02/2012)
Hora: 7:00 am - 12:00 pm
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06
Feb
Lunes (06/02/2012)
Hora: 12:00 pm - 5:00 pm
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07
Feb
Martes (07/02/2012)
Hora: 8:00 am - 6:00 pm
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Derechos y Deberes de los Usuarios
Defensor del Cliente ...


Como Clientes tenemos Derechos para exigir y Deberes para cumplir.


Dentro del marco de la Constitución Nacional el artículo 369 dispone en relación con la prestación de los servicios públicos domiciliarios:
"La ley determinará los deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que presten el servicio. Igualmente definirá la participación de los municipios o de sus representantes, en las entidades y empresas que les presten servicios públicos domiciliarios.

En tal sentido,fue promulagada la ley 142 de 1994 conocida también con la ley de los servicios públicos domiciliarios y el contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio de energía eléctrica donde se contemplan los derechos y deberes de los usuarios.

En cuanto a los derechos,la legislación establece la necesidad de tener un servicio de energía eléctrica eficiente y oportuno,registrar una lectura correcta en el medidor y facturacion conforme al servicio. El derecho a ecibir subsidios sipertenecen a los estratos de 1,2,3, recibir información completa, clara y precisa sobre los programas y actividades efectuadas por ESSA, tener garantías sobre el cumplimiento del contrato de servicios públicos y la posibilidad de presentar reclamaciones,peticiones y recursos ante ESSA cuando lo considere necesario.

Con relación a los deberes, la disposición señala la obligación de  estar  autorizado por ESSA para recibir la prestación del servicio, estar a paz y salvo con la empresa, utilizar correctamente el servicio de energía e informar cuando no lo necesite, no manipular el medidor ni las instalaciones elécricas,abstenerse de entregar dinero a los trabajadores de la compañia por cualquier contra prestación que ellos le exijan, informar irregularidades o cambios de que se presenten en las instalaciones eléctricas, no realizar fraudes con la energía eléctrica, utilizar el servicio únicamente en el inmueble respetando la carga y la clase del servicio, verificar que la lectura facturada sea la registrada en el medidor y presentar las reclamaciones con respeto.