Dentro del marco de la Constitución Nacional el artículo 369 dispone en relación con la prestación
de los servicios públicos domiciliarios:
"La ley determinará los deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de
participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que presten el servicio.
Igualmente definirá la participación de los municipios o de sus representantes, en las entidades y
empresas que les presten servicios públicos domiciliarios. ”
En tal sentido,fue promulagada la ley 142 de 1994 conocida también con la ley de los servicios públicos domiciliarios y el
contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio de energía eléctrica donde se contemplan los derechos y deberes de los usuarios.
En cuanto a los derechos,la legislación establece la necesidad de tener un servicio de energía
eléctrica eficiente y oportuno,registrar una lectura correcta en el medidor y facturacion conforme al servicio.
El derecho a ecibir subsidios sipertenecen a los estratos de 1,2,3, recibir información completa, clara y precisa
sobre los programas y actividades efectuadas por ESSA, tener garantías sobre el cumplimiento del contrato de servicios
públicos y la posibilidad de presentar reclamaciones,peticiones y recursos ante ESSA cuando lo considere necesario.
Con relación a los deberes, la disposición señala la obligación de estar
autorizado por ESSA para recibir la prestación del servicio, estar a paz y salvo con la empresa, utilizar
correctamente el servicio de energía e informar cuando no lo necesite, no manipular el medidor ni las
instalaciones elécricas,abstenerse de entregar dinero a los trabajadores de la compañia por cualquier
contra prestación que ellos le exijan, informar irregularidades o cambios de que se presenten en las instalaciones
eléctricas, no realizar fraudes con la energía eléctrica, utilizar el servicio únicamente en el inmueble respetando
la carga y la clase del servicio, verificar que la lectura facturada sea la registrada en el medidor y presentar
las reclamaciones con respeto.
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