|
"Un Usuario No Regulado es un consumidor que gracias a superar un nivel
límite de consumo, puede negociar libremente la tarifa de suministro de
electricidad con el comercializador que desee.
A este usuario se le llama No Regulado precisamente porque sus tarifas
no están reguladas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-
sino que son acordadas mediante un proceso de negociación entre el
consumidor y el comercializador. La CREG por medio de resoluciones
establece los límites mínimos de consumo necesarios para acceder a esta condición.
Dichos límites al inicio del mercado se ubicaban en 2 MW, pasaron a 1 MW en 1997.
A partir de 1998 se introdujeron los límites en energía además de los de potencia,
este año los limites se ubicaron en 0.5 MW en potencia y 270 MWh-mes en energía.
Actualmente, para ser considerado Usuario No Regulado se requiere tener una demanda
promedio mensual de potencia durante seis meses, mayor a 0.1 MW, o en energía
de 55 MWh-mes en promedio durante los últimos 6 meses
(1). La demanda que estos Usuarios representan se ha venido incrementando
paulatinamente en el tiempo,
llegando a representar en la actualidad alrededor del 25% de la demanda total del
sistema.
En conclusión, empresas con consumo pico alto pueden ser usuarios no regulados al
superar el límite de la potencia, o también si poseen un consumo constante de
energía aunque su demanda de potencia no sea tan elevada.
Existe un requisito adicional para ser Usuario No Regulado: instalar un equipo de
telemedida que cumpla con el Código de Medida, de modo que permita registrar y
reportar los consumos hora a hora. Si un Usuario Regulado posee las condiciones
para ser No Regulado mantendrá dicho status hasta que en forma expresa indique
que quiere dejar de serlo. Adicionalmente, si un Usuario Regulado cree que en
el futuro va a aumentar su demanda, de tal manera que cumpla con los límites,
puede suscribir un contrato en condiciones de No Regulado con un Comercializador.
Al finalizar los 6 meses iniciales del contrato se debe verificar que la demanda
realmente si cumple con los límites. De no ser así, se dará lugar a una cancelación
del contrato y a la refacturación del consumo utilizando las tarifas reguladas a
favor del Comercializador del mercado donde se localiza el usuario.
Lo anterior también es aplicable a usuarios nuevos, que estimen que su demanda
será tal que pueden ser considerados como Usuarios No Regulados".
EXTRAIDO DE LA PAGINA WEB DEL "MERCADO DE ENERGIA MAYORISTA COLOMBIANO"
www.mem.com.co
|