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Política de Igualdad de Género


Partiendo del reconocimiento de que cada ser humano es sujeto de derechos, ESSA se compromete a cumplir y a promover el acatamiento de lo consagrado en la Carta Universal de los Derechos Humanos y sus protocolos, convenciones y pactos vinculantes, incluidos el Derecho Internacional Humanitario y lo dispuesto por la Constitución Política y el marco legal colombiano. Para la entidad, es un reto en términos de su propia sostenibilidad y lo asume como contribución suya a la generación de valor social, económico y ambiental.

Este compromiso se verá reflejado en el desarrollo de todos los proyectos y procesos, al tiempo que estará alineado con las políticas de Responsabilidad Social Empresarial, Ambiental y de Gestión del Talento Humano, en coherencia con los principios del Pacto Global, con las directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) en la perspectiva de las empresas multinacionales y, así mismo, con los principios rectores para la implementación del marco de la Organización de Naciones Unidas: "Proteger, respetar y remediar".


Lineamientos de la Política:

1. Trabajo decente: En el desarrollo de la actividad laboral del Grupo EPM, no se permiten prácticas discriminatorias, trabajo forzado o bajo coacción. Se promueve la remuneración justa, la libertad de asociación y la gestión del riesgo psicosocial, propiciando ambientes de trabajo seguros, saludables y libres de violencia, que:

•  Faciliten la conciliación de la vida laboral, personal y familiar. 
•  Contemplen medidas para prevenir, atender, sancionar y erradicar el acoso laboral y sexual.

2. Prohibición de empleo de mano de obra infantil: En el desarrollo de los proyectos y procesos no se permite el empleo de mano de obra infantil.

3. Seguridad y derechos humanos: En los convenios y contratos de prestación de servicios de vigilancia y seguridad con firmas privadas y organismos de seguridad del Estado, se incluyen explícitamente compromisos de respeto y promoción de los derechos humanos. En ningún caso se acepta la prestación de estos servicios por parte de actores sociales que estén por fuera del marco constitucional y legal.

4. Respeto por los derechos de las comunidades de los pueblos étnicos: En el desarrollo de la actividad empresarial se toman las medidas necesarias para promover el respeto por los usos, las costumbres y la cultura de las comunidades étnicas asentadas en los entornos en los que la empresa hace presencia.

5. Derechos humanos en la cadena de aprovisionamiento: ESSA promueve en su proceso de suministro de bienes y servicios, así como en su relacionamiento con proveedores y contratistas, la inserción de prácticas y la adopción de instrumentos congruentes con el respeto de los derechos humanos.

6. No relacionamiento con grupos ilegales: No se reconocen como interlocutores válidos ni se establecen relaciones institucionales con grupos ilegales, ni actores sociales que estén al margen de la Constitución y la ley.

7. Derechos humanos y grupos de interés: ESSA propende por generar espacios de diálogo con sus grupos de interés para abordar asuntos relacionados con los derechos humanos.

8. Respeto por la igualdad de derechos: ESSA asume en sus operaciones propias y promueve en su esfera de influencia, prácticas que reflejen el respeto por la diversidad y la no discriminación, favoreciendo la equidad de género y la igualdad de trato y de oportunidades.

9. Seguimiento y reporte: ESSA se compromete a monitorear el cumplimiento de estos compromisos de acuerdo con estándares internacionalmente aceptados.

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