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Conoce los costos del servicio de energía eléctrica

Conoce los costos del servicio de energía eléctrica
  • Las tarifas de energía son establecidas por la CREG y aplicadas por las comercializadoras de energía del país, entre ellas ESSA.
  • Históricamente la tarifa de ESSA ha estado por debajo del promedio de las tarifas del país, que refleja su buena gestión en la compra de energía.
  • Las tarifas de energía se pueden consultar en www.essa.com.co y en la APP móvil de ESSA

 

Con el objetivo de precisar y aclarar inquietudes frente al costo total de la factura del servicio de energía en el Magdalena Medio, es necesario mencionar cuáles son las variables más importantes en su cálculo.

Lo primero es el consumo mensual de kilovatios (kV), lo que depende exclusivamente del uso que los usuarios den a los electrodomésticos, iluminación y equipos que utilicen energía para su funcionamiento. Este consumo se multiplica por la tarifa del kilovatio. Adicionalmente, en la factura se cobran otros conceptos, como el impuesto de alumbrado público, servicio de aseo en algunos caso y financiación de productos.

 

¿Qué es el CU y como se determina la tarifa?

El Costo Unitario (CU) es el valor de un kilovatio (kV). El valor del CU del mes se genera a partir de las siguientes variables: CU = Generación + Transmisión + Distribución + Pérdidas + Comercialización + Restricciones, la cual es establecida por el Gobierno Nacional a través de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, mediante la resolución 119 del 21 de diciembre de 2007. Es decir, que están reglamentadas y controladas por el Gobierno Nacional y son aplicadas por ESSA.

Al CU se le aplica el esquema de subsidios y contribuciones (resolución UPME 0355 del 8 de julio de 2004) para determinar la tarifa que le aplica a cada tipo de usuario, por ejemplo, el nivel socioeconómico (estrato) o sector al que pertenece la instalación, sea comercial o industrial.

Para el caso de Barrancabermeja, el subsidio se aplica solo hasta los 173 kilovatios hora consumidos mensualmente, puesto que este es el consumo de subsistencia definido por el Gobierno Nacional. Dicho subsidio varía desde 60% para estrato 1, 50% para estrato 2 y 15% para estrato 3.  Superado ese consumo se aplica la tarifa plena, es decir la que pagan los clientes de estrato 4.

 

Tarifa febrero, para usuarios con transformador de propiedad de ESSA

En este espacio de la factura de energía los usuarios de estratos 1, 2 y 3 pueden evidenciar la aplicación del subsidio.

 

El CU varía mes a mes por diversas circunstancias, entre ellas, dependerá de la disponibilidad de agua en los embalses a nivel nacional, el costo de los combustibles (como el gas natural o el carbón) para la generación térmica, inversiones en líneas de transmisión y distribución, características del mercado, entre otras; siendo así, el CU es el mismo para todos los usuarios de ESSA. Sin embargo, existen las particularidades de cada usuario como el estrato al que pertenece, la propiedad de los transformadores, el nivel de tensión al cual está conectado, el consumo del periodo facturado y el costo aplicado; lo cual hace que la liquidación de un cliente y usuario varíe con respecto a otro inclusive en el mismo municipio.

 

¿Qué variación se dio en las facturas que recibimos recientemente en Barrancabermeja?

El valor total a pagar de algunas facturas entregadas en Barrancabermeja en las pasadas semanas, puede reflejar unos aumentos significativos que se deben a la confluencia de 2 factores:

El primero es un aumento en el consumo que hicieron los usuarios por la ola de calor que se sintió en el Magdalena Medio a comienzos del año.

El segundo factor es el incremento en las tarifas publicadas en febrero, como consecuencia del mayor costo de la generación de energía y por la entrada en vigencia de la Resolución CREG 015 de 2018.

Las tarifas para los usuarios conectados en baja tensión a transformadores propiedad de ESSA tuvieron los siguientes incrementos:

 

  • Usuarios de estratos 1 y 2 un incremento del 4.3% (aplica para el consumo de kilovatios hasta el nivel de subsistencia),
  • Usuarios de estratos 3 a 6, comerciales, industriales e institucionales, un incremento del 7.8%.

 

Las tarifas de los usuarios conectados a otros niveles de tensión o a transformadores propiedad de terceros tuvieron diferentes variaciones.

El costo de la generación de energía fue mayor debido al comportamiento del mercado de energía mayorista en época de verano, cuando es necesario aumentar en el país la generación de energía con termoeléctricas que consumen carbón, gas natural o diésel.

La CREG, a través de la resolución 015 de febrero 2018 aprobó la metodología para la remuneración del negocio de distribución de energía para los 28 distribuidores del país, entre ellas se encuentra ESSA. Este cambio regulatorio generó un aumento en el componente D, de la fórmula tarifaria, que corresponde al costo de distribuir energía desde los sitios de entrada a las regiones hasta el domicilio del usuario final.

 

¿Qué busca este cambio regulatorio?

Con este cambio regulatorio el Gobierno Nacional busca:

  • Mejorar la calidad del servicio que prestamos las electrificadoras
  • Ampliar la cobertura,
  • Mejorar la confiabilidad
  • Modernizar las redes.

Lo anterior para mejorar la prestación de los servicios tradicionales y prestar los nuevos servicios que están llegando gradualmente, tales como la autogeneración, la movilidad eléctrica, las generaciones distribuidas en techos de hogares e industrias, la medición inteligente, entre otros.

Es importante aclarar que históricamente las tarifas de energía de ESSA se ubican por debajo del promedio nacional, de acuerdo al comparativo de los costos del servicio, que mes a mes se hace con otras electrificadoras a nivel nacional.

 

¿Qué otros conceptos se cobran en la factura de energía?

1. Alumbrado Público: es un impuesto municipal recaudado por ESSA, el cual es entregado a las alcaldías municipales, y que cobran a los usuarios para el funcionamiento y mantenimiento de las luminarias instaladas en calles, polideportivos, parques, etc. El valor a cobrar es definido por cada municipio.

2. Aseo: es el recaudo que se hace del servicio de aseo, de acuerdo a lo reportado por la empresa prestadora de este servicio. No aplica en todos los municipios del departamento.

3. Financiaciones o pago de electrodomésticos adquiridos a través del programa ESSA en Casa o en su Empresa: es el valor del servicio o producto adquirido con alguno de nuestros aliados comerciales.

Esta es una situación que se vive en Santander y en general en el territorio nacional. Hay que recordar que ESSA no tiene la potestad de congelar las tarifas de energía o de aumentar los rangos de subsidios, pues estas disposiciones corresponden a una política pública del orden nacional, que debemos atender todas las prestadoras del servicio público domiciliario de energía eléctrica en Colombia.

En ESSA disponemos de canales virtuales y telefónicos para escuchar con atención a nuestros clientes y usuarios, quienes pueden utilizarlos para hacer gestión ante la empresa o aclarar dudas.

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