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Usuarios Autogeneradores y Generadores Distribuidos – Resolución CREG 174 de 2021

En cumplimiento de la resolución CREG 174 de 2021, por la cual se regulan las actividades de Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE),  Autogeneradores a Gran Escala (AGGE) y Generadores Distribuidos (GD), ESSA pone a disposición del público en general el procedimiento de conexión, el mecanismo para consulta de disponibilidad de red,  el acceso para los trámites de conexión de nuevos autogeneradores  y seguimiento a la operación de los existentes por medio del sistema de trámite en línea, los lineamientos establecidos por ESSA, los acuerdos vigentes y la documentación requerida.

¿Requieres asesoría para tu proyecto Autogenerador?

Con el fin de brindarte un mejor servicio, te ofrecemos el siguiente mecanismo con el cual podrás solicitar una asesoría personalizada para orientarte con tu solicitud de conexión y trámites posteriores a la conexión. Para ello utiliza el siguiente formulario de solicitud de asesoría:

Haz clic aquí

Este servicio puede ser ofrecido por un tercero diferente al OR o agente comercializador.

Solución solar integral ESSA

El medio formal para realizar los trámites de AGPE o GD es el sistema de trámite en línea.

Conmutador: 633 97 67 Pbx: 630 33 33
Horario de atención: lunes a viernes, de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
Carrera 19 No. 24 - 56 Bucaramanga, Santander.
Código postal: 680011
[email protected]  Ten presente que en este correo no se gestionan las PQR, regístrala  aquí

Buzón autogeneradores: [email protected]

Entrega de información Autogeneradores y GD existentes

Con el fin de dar cumplimiento de la resolución CREG 174 de 2021 art. 5 parágrafo 1, por la cual se regulan las actividades de Autogeneradores a Pequeña Escala (AGPE) y Generadores Distribuidos (GD), ESSA pone a disposición del público el mecanismo para la entrega de información de AGPE, AGGE y DG existentes.

Todos los AGPE, AGGE y GD existentes al momento de expedición de esta resolución tienen la obligación de entregar la información que corresponda al OR al que estén conectados, declarando su capacidad instalada o nominal y la potencia máxima declarada. Esta obligación deberá cumplirse dentro de los tres (3) meses siguientes a la actualización del formato definido por el OR. 

Para iniciar con el trámite es necesario que realice el diligenciamiento de la solicitud en el formulario “Registro de información de Autogeneradores existentes” 

Formato de información AGPE AGGE Y GD existentes

Cartilla de Autogeneración y Generación distribuida resolución CREG 174 de 2021 -Clic para ver

Procedimiento de conexión de Autogeneradores y Generadores distribuidos

NTE-01 Norma técnica - Conexión de Autogeneradores y Generadores Distribuidos 

Instructivo memorias de cálculo del CNO - Clic para ver

Lineamientos y contenido estudio de conexión simplificado - Clic para ver

Pruebas y verificación de parámetros requeridos para la conexión de AGPE. GD Y AGGE con potencia máxima declarada hasta 5 MW - Clic para ver

Procedimiento general para la realización de pruebas de verificación de la curva de capacidad para autogeneradores que usan generación síncrona - Clic para ver

Requisitos de protecciones para la conexión de sistemas de generación en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) - Clic para ver

Procedimiento para realizar pruebas a las funciones de protección mínimas de los sistemas de generación - Clic para ver

 

Contrato de conexión

De acuerdo con el artículo 16 de la Resolución CREG 174 de 2021, los contratos de conexión entre el AGPE, AGGE o GD y el OR serán necesarios sólo en los casos en los que menciona la Resolución. El plazo para la firma del contrato entre las partes es de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de vigencia de aprobación de la conexión conforme el artículo 15 de la misma resolución.

 Contrato de conexión - Clic para ver

 

Costo de conexión    

El costo por la tercera visita de legalización AGPE se define según los cargos asociados a la conexión de usuarios regulados CREG 225 de 1997, así:

Urbano: $ 149.164 – Rural: 208.066 

Costos por conexión - clic para ver

 

Escogencia del comercializador al cual el potencial usuario AGPE entregará sus excedentes de energía

De acuerdo con el artículo 4 de la Resolución CREG 135 de 2021, el usuario AGPE deberá escoger, dentro de las alternativas existentes, el comercializador al cual venderá o entregará sus excedentes de energía, pudiendo ser un comercializador diferente al que le está suministrando el servicio, para lo cual deberá informar de su decisión a su prestador mediante el siguiente formato en el momento de la aprobación de la solicitud de conexión.

Formato de escogencia de comercializador excedentes AGPE - Clic para ver

 

Para realizar el procedimiento de conexión tenga en cuenta:

Realizar consulta de disponibilidad de red:

Si desea generar y/o entregar excedentes a la red en el nivel de tensión 1, debe consultar la disponibilidad de la misma ingresando al mapa de información de red. Con el fin de validar el cumplimiento de los Estándares técnicos de disponibilidad del sistema en el nivel de tensión 1 según el art. 6 de la resolución CREG 174 de 2021.

Identifique el procedimiento de conexión según el tipo de solicitante:

Procedimiento de conexión sin estudio de conexión simplificado:  aplica para a) AGPE y AGGE  sin entrega de excedentes; b) AGPE con entrega de excedentes y de capacidad nominal o instalada menor o igual a 100 kW; y c) GD con capacidad nominal o instalada menor o igual a 100 kW.

 

Procedimiento de conexión con estudio de conexión simplificado: aplica para a) AGPE con entrega de excedentes con incumplimiento de los estándares técnicos del artículo 6 de la resolución 174 de 2021. b) AGPE y AGGE con entrega de excedentes con capacidad instalada mayor a 100 kW y menor a 5 MW; y c) GD de capacidad instalada o nominal mayor a 100 kW y menor a 1 MW.

 

Los formularios mencionados en cada paso de la solicitud, así como el inicio de la solicitud de conexión se encuentran disponibles en el Sistema de trámite en línea

En cada etapa se define el responsable a realizar el paso. (Usuario o OR).

Para conocer la información de los tiempos de revisión y documentación a entregar en la solicitud de conexión ingresa a la cartilla de autogeneradores y generadores distribuidos, haciendo clic aquí

Mapa de disponibilidad de red

Imagen botón de mapa de disponibilidad

 

MAPA DE DISPONIBILIDAD DE LA RED DE ESSA

Haga clic aquí para ingresar al mapa 
Activo

 

 


Nota: el resultado de la disponibilidad de la red no contempla el impacto de su generación proyectada, dicho impacto se validará en la revisión de la solicitud de conexión.

Conforme a las disposiciones regulatorias vigentes, la disponibilidad de la red eléctrica se encuentra definida de acuerdo a los estándares presentados a continuación, donde en caso de que el punto de conexión deseado no cumpla alguno de los parámetros, se deberá seguir el proceso de conexión descrito en el Artículo 06 de la resolución CREG 174 de 2021.

ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA APROBACIÓN DE DISPONIBILIDAD
  Parámetro 1 Parámetro 2 Parámetro 3
 

Igual o inferior al 30%

Igual o inferior al 30%

Igual o inferior al 30%

 

Entre 30% y 40% incluido

Entre 30% y 40% incluido

Entre 30% y 40% incluido

 

Entre 40% y 50% incluido

Entre 40% y 50% incluido

Entre 40% y 50% incluido

 

Superior al 50%

Superior al 50%

Superior al 50%

 

La suma de la potencia instalada de los AGPE y GD en un mismo circuito de nivel de tensión 1 debe ser menor al 50% de la capacidad nominal del circuito, transformador o subestación donde solicita el punto de conexión.

La suma de la energía suministrada al transformador ESSA en 1 hora por todos los AGPE y GD sin almacenamiento debe ser al menos del 50% de la demanda mínima horaria del año anterior del transformador evaluado

La suma de la energía suministrada al transformador ESSA en 1 hora por AGPE y GD fotovoltaicos sin almacenamiento debe ser menor al 50% de la demanda mínima horaria del año anterior del transformador evaluado en el periodo 6:00 a.m. y las 6:00 p.m.

Consulta el estado de tu trámite 

Si ya diligenciaste y enviaste la solicitud, haz clic en el siguiente link para consultar el estado de la misma, diligenciando en el formulario de búsqueda su número de cuenta y el número de proceso referenciado en la respuesta emitida por ESSA..

Ver página Consulta de estado de trámite