De acuerdo al Decreto 2424 de 2006, Alumbrado público es el servicio público no domiciliario que se presta con el objeto de proporcionar exclusivamente la iluminación de los bienes de uso público y demás espacios de libre circulación con tránsito vehicular o peatonal, dentro del perímetro urbano y rural de un municipio o distrito.
El servicio de alumbrado público comprende las actividades de suministro de energía al sistema de alumbrado público, la administración, la operación, el mantenimiento, la modernización, la reposición y la expansión del sistema de alumbrado público.
La iluminación de las zonas comunes en las unidades inmobiliarias cerradas o en los edificios o conjuntos residenciales, comerciales o mixtos, sometidos al régimen de propiedad respectivo, no hace parte del servicio de alumbrado público y estará a cargo de la copropiedad o propiedad horizontal. También se excluyen del servicio de alumbrado público la iluminación de carreteras que no estén a cargo del municipio o distrito.
ESSA actualmente ofrece el suministro de energía al sistema de alumbrado público y el servicio de facturación y recaudo del impuesto del alumbrado público a los siguientes Municipios: Aguachica, Contratación, La Paz, San Andres, Albania, Coromoro, Landazuri, San Benito, Aratoca, Curtí, Lebrija, San Gil, Barbosa, El Carmen De Chucuri, Los Santos, San Joaquín, Barichara, El Guacamayo, Macaravita, San José De Miranda, Barrancabermeja, El Peñón, Málaga, San Martin, Betulia, El Playón, Matanza, San Miguel, Bolívar, Encino, Mogotes, San Pablo, Bucaramanga, Enciso, Molagavita, San Vicente De Chucuri, Cabrera, Florián, Ocamonte, Santa Bárbara, California, Floridablanca, Oiba, Santa Helena Del Opón, Cantagallo, Galán, Onzaga, Simacota, Capitanejo, Girón, Palmar, Socorro, Carcasí, Guaca, Palmas Del Socorro, Suaita, Cepita, Guadalupe, Paramo, Sucre, Cerrito, Guapota, Piedecuesta, Surata, Charalá, Guavatá, Pinchote, Tona, Charta, Guepsa, Puente Nacional, Valle de San José, Chima, Hato, Puerto Parra, Vélez, Chipatá, Jesús María, Puerto Wilches, Vetas, Chitaga - Norte De Santander, Jordán Sube, Rio De Oro, Villanueva, Cimitarra, La Aguada, Rionegro, Zapatoca, Concepción, La Belleza, Sabana De Torres, Confines, La Esperanza y San Alberto.
De conformidad con la normativa vigente, la Administración Municipal es la responsable por el uso de los recursos recaudados por impuesto de alumbrado público, y de ella depende el mantenimiento de las luminarias, postes y cambio de piezas por deterioro o fallas, motivo por el cual los usuarios deben reportar las irregularidades o daños que se presentan con las luminarias del Sistema de Alumbrado Público ante la respectiva Alcaldía Municipal y/o concesión que realiza la operación y mantenimiento respectivo.
Decreto 943 de 2018 - Clic para ver
Ley 1386 del 2010 - Clic para ver
¿Qué es el impuesto de alumbrado público?
Es un impuesto que crea el Concejo municipal para financiar el valor del consumo de energía, el mantenimiento de las luminarias que se encuentran instaladas y expansión del servicio para nuevas comunidades o proyectos del municipio y su tasa depende del estrato socioeconómico o del tipo de servicio que tenga el usuario.
¿Quién es el responsable de la prestación y mantenimiento del alumbrado público?
La Administración municipal es la responsable por el uso de los recursos recaudados por impuesto de alumbrado público. De ella depende el mantenimiento de las luminarias, postes y cambio de piezas por deterioro o fallas. La Administración municipal puede contratar todas estas actividades con una empresa especializada o realizarlas en forma directa. Existen municipios que han entregado a un tercero la operación y mantenimiento de su sistema lumínico como: Bucaramanga, Girón, Piedecuesta, Barrancabermeja, San Alberto, El Socorro, Floridablanca y San Gil.
¿Dónde se presentan las quejas de daños o mantenimiento de alumbrado público?
El reporte de daños, solicitudes de instalación de luminarias y la solución de fallas en el alumbrado público, se deben tramitar en las alcaldías municipales y/ concesiones así: