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ESSA informa sobre el nuevo programa nacional de incentivos al ahorro de energía

ESSA informa sobre el nuevo programa nacional de incentivos al ahorro de energía

El programa, ordenado por la CREG mediante la Resolución 101 120 de 2026, busca reducir el consumo de energía ante el Fenómeno de El Niño. La medida es de carácter transitorio y no modifica las tarifas reguladas vigentes.

ESSA informa que, a partir del 15 de agosto de 2026, entrará en aplicación el Programa Transitorio de Incentivos al Uso Eficiente de Energía Eléctrica, ordenado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución 101 120 de 2026. 

Con este programa se busca promover el ahorro de energía a los usuarios regulados del servicio en Colombia, en un contexto de baja hidrología y ante la necesidad de preservar la confiabilidad del suministro eléctrico nacional, como medida preventiva asociada al Fenómeno de El Niño prevista para el segundo semestre de 2026.

¿Por qué se activa este programa?

Según los boletines del IDEAM y de centros internacionales de monitoreo climático, las condiciones del Fenómeno de El Niño se fortalecerán en el último trimestre del año 2026, con probabilidad de alcanzar una intensidad muy fuerte. Ante este escenario, la CREG decidió activar un mecanismo transitorio, para evitar un posible racionamiento y garantizar la confiabilidad del suministro eléctrico nacional.

¿Qué significa esto para los usuarios?

El programa establece una meta individual de consumo para cada usuario regulado, calculada con base en su propio historial de los últimos 12 meses. A partir de ahí:

•    El consumo facturado del ciclo que supere la meta individual del ciclo de factura, pero no exceda el ciento diez por ciento (110%) de la misma, no generará cobro adicional.

•    Si supera el 110% de su meta, se aplicará un factor de cobro sobre el consumo excedente, de acuerdo con el tipo de usuario:

Tipo de usuario regulado

Factor de cobro

Residenciales estratos 1, 2 y 3

1,30

Residenciales estratos 4, 5 y 6

1,50

Comerciales e industriales

1,70

 

Los recursos recaudados por los consumos excedentes conformarán una bolsa, que se distribuirá entre los usuarios que registren ahorro reconocido, de acuerdo con las condiciones establecidas en la regulación.

•    Si el usuario reduce su consumo por debajo del 90% de su meta, podrá recibir un beneficio económico como saldo a favor en su factura. Este reconocimiento se liquidará después de finalizado el programa, que, conforme a las condiciones definidas por la regulación vigente, será luego de los 6 meses en que se finalice el programa.

Claridades sobre la aplicación del programa:

1.    Este programa no es un aumento de tarifa. No modifica las fórmulas tarifarias generales ni las tarifas reguladas vigentes.
2.    ESSA pondrá a disposición de sus usuarios canales de atención adecuados e información detallada sobre la medida, la cual se aplicará conforme a la regulación vigente.
3.    El programa es automático: no requiere ningún trámite, inscripción o solicitud por parte del usuario.
4.    Están excluidos de este esquema usuarios con medidor prepago, instituciones de salud, establecimientos educativos, centros asistenciales y de cuidado, organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, establecimientos penitenciarios y de detención, así como otros usuarios expresamente señalados en la regulación.
5.    Aquellos usuarios con condición médica que requieran uso permanente o intensivo de equipos eléctricos vitales podrán solicitar exclusión del programa ante ESSA presentando soporte médico correspondiente.
6.    La duración inicial de este programa es de seis meses, prorrogable por periodos sucesivos de hasta seis meses cada uno, mientras persistan las condiciones de baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro.

Para conocer más información sobre el programa ESSA invita a consultar el siguiente módulo de su portal web (clic aquí) donde podrá encontrar algunas respuestas a las inquietudes que puedan surgir relacionadas con esta medida.