"La ley determinará los deberes y derechos de los usuarios, el régimen de su protección y sus formas de participación en la gestión y fiscalización de las empresas estatales que presten el servicio. Igualmente definirá la participación de los municipios o de sus representantes, en las entidades y empresas que les presten servicios públicos domiciliarios".
En tal sentido, fue promulgada la Ley 142 de 1994 conocida también como la Ley de los Servicios Públicos Domiciliarios y el contrato de condiciones uniformes para la prestación del servicio de energía eléctrica donde se contemplan los derechos y deberes de los usuarios.
Derechos de los usuarios:
En cuanto a los derechos, la legislación establece la necesidad de tener un servicio de energía eléctrica eficiente y oportuno, registrar una lectura correcta en el medidor y facturación conforme al servicio. El derecho a recibir subsidios si pertenecen a los estratos de 1, 2, 3; de que le entreguen información completa, clara y precisa sobre los programas y actividades efectuadas por ESSA, tener garantías sobre el cumplimiento del contrato de servicios públicos y la posibilidad de presentar reclamaciones, peticiones y recursos ante ESSA cuando lo considere necesario.
- Tener un servicio de energía eléctrica eficiente y oportuno.
- Registrar una lectura correcta del medidor y que se facture las tarifas proporcionales al consumo.
- Recibir periódicamente y oportunamente la factura de energía eléctrica con las indicaciones contempladas en la ley, al menos cinco (5) días antes del vencimiento del pago.
- Recibir una factura que permita determinar fácilmente como se liquidó el costo de su servicio de energía eléctrica.
- Estar estratificados correctamente y por ende recibir los subsidios a que tienen derecho los estratos 1, 2 y 3.
- Recibir información completa, clara y precisa sobre los programas, planes y actividades efectuados por la ESSA.
- Elegir la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica en aquellos casos en los cuales existan dos o más empresas.
- Estar en igualdad de condiciones que otros usuarios y a que se cumpla el contenido del contrato de servicios públicos.
- Presentar reclamaciones, quejas, peticiones y recursos ante la ESSA, en nombre propio o por intermedio de un representante.
Conozca los deberes de los usuarios aquí.