Energía Prepago ESSA: controla tu consumo y decide cuánto pagar
Con Energía Prepago de ESSA recargas por adelantado y decides cuánto pagar. Disponible para hogares de estratos 1, 2 y 3 y clientes comerciales, tanto en zona urbana como rural.
Con Energía Prepago controlas tu consumo, cuidas tu presupuesto y evitas sorpresas: pagas de forma práctica, a tu ritmo y con mayor tranquilidad para ti y tu familia.
¿Por qué elegir la energía Prepago de ESSA?
Conoce cómo funciona y disfruta sus beneficios, que cuidan tu bolsillo.
- Pagas según tu presupuesto: accedes al servicio de energía, de acuerdo con la capacidad de pago de tu hogar.
- Recargas en puntos autorizados: amplia red de aliados comerciales para comprar tu pin o realizar recargas.
- Control en tiempo real: consulta tu consumo de energía y el saldo disponible cuando lo necesites.
- Sin facturas acumuladas: consumes únicamente la energía que ya pagaste, sin cobros posteriores por ese consumo.
- Evitas cargos por mora y reconexión: reduces el riesgo de pagos por mora, suspensión o reconexión del servicio, por falta de pago.
- Recargas a tu ritmo: recarga cuando lo necesites (diario, semanal o mensualmente).
- Ahorras energía: transforma tus hábitos y controlas mejor el consumo de energía.
- Abono automático de deudas (si aplica): si tienes una deuda con ESSA, puedes pagarla gradualmente: el 10% de cada recarga se destina automáticamente al abono, sin intereses adicionales, mientras permanezcas en el sistema.
¿Cómo solicitar este servicio?
Acercarte a nuestras oficinas de atención al cliente o comunicarte por estos canales:
- Línea gratuita de atención al cliente: 01 8000 97 19 03
- Asesora virtual Luisa (WhatsApp): 318 833 91 21 (opción trámites y requisitos)
¿Qué requisitos debes cumplir?
1 -Diligenciar el formato ‘Solicitud del servicio de Energía Prepago’.
2 -Diligenciar el acuerdo de pago, pagaré y carta de instrucciones (si aplica): se tramitan directamente en la oficina.
3 -Documento de identidad:
- Persona natural: fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, PPT, pasaporte vigente, entre otros).
- Persona jurídica: fotocopia de la cédula del representante legal y RUT o certificado de Cámara de Comercio.
Si la persona que realiza el trámite no es el representante legal, debe presentar poder o autorización para actuar en su nombre. También, se requiere una comunicación escrita del representante legal autorizando la vinculación al programa y declarando que la empresa asume la deuda (si aplica).
4 -Documentos del inmueble:
- Documento que identifique el inmueble: factura de servicios, impuesto predial o certificado de tradición y libertad.
- Documento que acredite la propiedad del predio: escritura pública, folio de matrícula inmobiliaria (expedido máximo hace 30 días) o carta de vecindad.